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Código Ético para políticos
Se ofrece a continuación el Código Ético para políticos, redactado y firmado por un grupo de profesores de diversas universidades de Cataluña. Ha sido publicado en su versión inglesa, pero redactado orginariamente en catalán. El original ha sido enviado al Parlamento de Cataluña para su toma en consideración. Los lectores, ciudadanos después de todo, podrán juzgar y opinar sobre la oportunidad del contenido del texto. La voluntad de los firmantes es, precisamente, abrir un debate al respecto. Otro asunto es si ser profesor universitario confiere un derecho especial a opinar sobre las normas de convivencia o si este es un asunto abierto a todo aquel que tenga título de ciudadanía. La presencia de no pocos docentes dedicados a la Ética puede permitir una ironía fácil: pensar que las cátedras de Ética son a la moral lo que el Consejo General del Poder Judicial a la justicia. Las minúsculas son deliberadas. Algunas de las propuestas resultan discutibles, otras generales y ninguna de ellas desciende a la tierra de los mortales, con lo fácil que hubiera sido especificar casos al hablar del intento de control de los medios de comunicación, por citar sólo un ejemplo, o del silencio ante la corrupción, si se quiere otro. Sea como sea, la polémica está servida.
Preámbulo
La salud democrática de una nación depende, en buena medida, de la calidad ética de susciudadanos y de sus representantes políticos. El fortalecimiento de las institucionespolíticas y su credibilidad depende de muchos factores, pero, substancialmente, de la confianza que sean capaces de generar a la ciudadanía.
Esta confianza se gana con buenas prácticas, a través del ejercicio de virtudes cívicas. La honestidad, la lealtad, la veracidad, la ejemplaridad, la austeridad y la capacidad de servicio son actitudes básicas que todos los ciudadanos reconocen como valiosas, independientemente de las opciones políticas que legítimamente defiendan. Sólo si estos valores son respetados en el ejercicio democrático, la ciudadanía será capaz de reconocer este noble oficio y este noble servicio y valorarlo como le corresponde.
El digno ejercicio de la política, entendido como servicio al interés general, exige unos actores que atesoren los valores fundamentales de la vida democrática, entre los cuales hay que destacar la equidad, la tolerancia, el espíritu de diálogo y la participación. Este código quiere ser una herramienta que vaya más allá de la diversidad de opciones políticas que legítimamente existen. Pretende señalar un talante que sea respetado y aplicado por todos los que ejercen la política en cualquier lugar del territorio, en cualquier institución o administración.
Se identifican aquí un conjunto de principios que deben regular la actividad política y también aquel conjunto de valores que, más allá de opciones ideológicas, la impregnan y deberán ser comunes a todos quienes ejercen la política. La actividad política debe velar por no causar males a otros, debe buscar, en todo momento, el bien común, respetar la autonomía de las personas y de las organizaciones de la sociedad civil y practicar la equidad evitando siempre caer en cualquier forma de discriminación arbitraria. Para que la convivencia social sea ordenada y fructífera, toda persona debe comportarse de
acuerdo con ciertos principios éticos y sociales. Hay, además, principios que son específicosde algunas profesiones o tareas.
Recogemos aquí algunos de los que se proponen para el político, especialmente cuando
este tiene responsabilidades legislativas, ejecutivas o administrativas, de asesoramiento o de gestión de un partido político. No se ha pretendido elaborar una lista completa, sino recoger algunos de los más importantes, que puedan guiar al político en su carrera y en sus actuaciones.
Justicia: Consiste en una actuación que no discrimina de manera arbitraria a nadie, que da a cada cual lo que le corresponde y busca en todo momento la defensa de la equidad.
Respeto: Consiste en tratar con atención y consideración todas las personas e instituciones, sin prejuicios ni discriminaciones, con toda la dignidad que corresponde.
Servicio: Consiste en tener una actitud de disposición hacia los ciudadanos de acuerdo con las responsabilidades específicas propias del político, pero también una visión de conjunto de las necesidades de la sociedad.
Responsabilidad: Consiste en asumir las consecuencias legales y morales de las acciones y omisiones pasadas y presentes, estando dispuesto a dar cuenta de ellas y a poner los medios razonablemente necesarios para atender sus consecuencias presentes y futuras.
Honradez: Significa actuar de manera justa, recta e íntegra, adecuando la palabra y la conducta a lo que considera en cada momento que es correcto, sin obtener ventajas indebidas por el trabajo que desarrolla y utilizando las prerrogativas inherentes a su cargo únicamente para el cumplimiento de sus funciones.
Imparcialidad: La adhesión a las propias ideas y a las del partido no ha de impedir que el político juzgue con objetividad, de acuerdo con sus criterios éticos.
Profesionalidad: Consiste en desarrollar la profesión con dedicación, capacidad, eficacia y
rapidez, teniendo en cuenta su formación intelectual y el desarrollo de sus capacidades, así
como su actualización.
Transparencia: Consiste en facilitar el acceso de los ciudadanos, sin barreras ni discriminaciones, a las informaciones que consten en poder del político, en el de su partido o en el ente legislativo, ejecutivo o administrativo en qué desarrolle su actividad, cuando sean de interés para los ciudadanos para la defensa de sus derechos y libertades, incluyendo la información sobre la propia actividad del político, de acuerdo con lo que indican las leyes y reglamentos.
Un código ético describe lo que es exigible de una profesión. Su existencia no garantiza, necesariamente, su desempeño, pero representa un horizonte de fondo que la mayoría de los ciudadanos ya han integrado, gradualmente, a través de la educación y que es bueno explicitar.
La vida siempre es más compleja que cualquier código. Pero un código ético tiene un valor orientador y se propone estimular buenas prácticas, para fortalecer, de esta manera, la vida democrática y prestigiar, nuevamente, el compromiso y la vocación política. Este código se inspira en el espíritu y la letra de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10. XII. 1948). Este código no pretende sustituir otros códigos que existen en las administraciones públicas y en los propios partidos políticos. Tiene una voluntad generalista y pretende ser un instrumento de discernimiento del propio ejercicio de la
política. Lógicamente, este código ético deberá ser revisado periódicamente modificándolo si hace falta para responder a las necesidades de cada época.
I. Las relaciones con la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil
El destinatario de la actividad del político es la ciudadanía. De acuerdo con la naturaleza representativa de la democracia, el político ha sido escogido por sus conciudadanos y a ellos debe sus compromisos. En este sentido, debe buscar de manera eficiente y justa el camino para mejorar la dignidad de los ciudadanos, el bienestar y el ejercicio de sus derechos y libertades.
El político ha de expresar sus ideas y proyectos desde el respeto a todos los ciudadanos y a los otros interlocutores políticos. Por lo tanto:
1. El político electo tiene el deber de corresponder a la confianza que los ciudadanos depositan en él mediante el sufragio universal, defendiendo el proyecto por el cual ha sido escogido.
2. Todo político tiene el deber de considerar las interpelaciones cívicas y políticas que le puedan hacer de su actuación y de su integridad. Debe responder de sus acciones públicas y asumir las responsabilidades que se deriven.
3. Tiene la obligación de escuchar las partes implicadas en un problema, de asesorarse con los expertos y de comunicar su decisión razonada al conjunto de la sociedad.
4. Debe tener en cuenta los movimientos y las vindicaciones que nacen de la sociedad civil y las asociaciones que emergen de su seno, sin ánimo de emplearlas para sus finalidades partidistas.
5. Tiene el deber de respetar la autonomía de las organizaciones de la sociedad civil y mantener la máxima imparcialidad en la relación que establezca con ellas.
II. La relación entre políticos
Las relaciones entre los políticos deben guiarse por el respeto y por el cuidado en el uso del lenguaje. La discrepancia ideológica, base de la sociedad democrática, no se debe traducir en carencia de respeto mutuo. El respeto a la dignidad de la persona es la base del ejercicio democrático y es, por esto, su fundamento inalienable. Es una parte consustancial de la vida democrática la exposición pública de los proyectos y la discusión de las mejores opciones para hacer progresar el país. Por ello la relación entre
las diversas fuerzas políticas, tan necesaria para la buena salud democrática de una sociedad, debe regularse siempre desde el espíritu del diálogo, el juego limpio y la veracidad.
6. Los políticos deben procurar un acuerdo en los temas de interés general, escuchándose mutuamente y buscando la aproximación entre las fuerzas que representan.
7. Tienen la responsabilidad de presentar razonadamente sus propuestas, siendo sensibles a las interpelaciones que pongan en entredicho una determinada acción política.
8. Deben respetarse mutuamente la vida privada, las creencias y los estilos de vida personales y no utilizar la esfera privada como argumento en el debate público.
III. Políticos con responsabidades ejecutivas en las admnistraciones
Las administraciones son el marco dónde se articula el estado de derecho y como tales son entidades al servicio de la ciudadanía. Por esto las administraciones no pueden estar regidas por intereses partidistas o arbitrarios. Dado que su legitimidad se arraiga en el sustrato democrático, deben determinar sus acciones siempre en función del interés general.
9. Los políticos con responsabilidades ejecutivas tienen el deber de explicar sus prioridades y la obligación de rendir cuentas de su actividad, informando de manera transparente sobre sus acciones.
10. Deben velar por el buen uso de los bienes públicos y no pueden beneficiarse del cargo por tener privilegios a título personal, familiar o de partido.
11. Deben ser especialmente cuidadosos con la gestión de los recursos públicos, orientando su práctica por los valores de la eficiencia, la equidad y la eficacia.
12. Los políticos con responsabilidades ejecutivas han de armonizar el respeto a la autonomía profesional de los profesionales de la función pública con el ejercicio de un buen liderazgo, basado en la mutua confianza.
13. A la hora de tomar decisiones relevantes, hace falta que los políticos consulten todos los actores implicados y se asesoren.
14. En la adjudicación de proyectos, concursos públicos o subvenciones, deberán ser lo más ponderados e imparciales posible.
15. En el traspaso de competencias, prevalecerá la transparencia, el espíritu de colaboración y la eficiencia.
IV. La relación con los medios de comunicación
El nuevo entorno en el cual se ejercita y se escenifica la vida política es, de manera creciente, el entorno creado por los medios de comunicación y las tecnologías de la información. La interdependencia que existe entre la esfera política y la esfera mediática exige una interacción responsable para que los ciudadanos puedan estar informados con veracidad y los políticos puedan comunicar sus propuestas. La relación entre los políticos y los profesionales de la comunicación ha de estar presidida, en todo momento, por el respeto a la autonomía de cada esfera, a la vez que los políticos deben poder expresar sus propuestas y sus proyectos a través de los medios decomunicación.
16. Los políticos tienen el deber de informar de sus propuestas y decisiones y ponerlas en conocimiento de la ciudadanía a través de los medios de comunicación.
17. Respetarán la legítima autonomía profesional de los medios de comunicación, sin presionar, interferir ni coaccionar sus prácticas.
18. A la hora de comunicar sus propuestas y decisiones a través de los medios de comunicación, los políticos harán un uso educado de la palabra, evitando, en todo momento la demagogia, la manipulación y la falsedad.
19. Tienen el deber de de informar de las cuestiones de interés general.
20. Tienen el deber de rectificar si la información que han transmitido no se adecúa a la
realidad.
V. La relación entre los políticos y los partidos
Las democracias representativas se organizan, fundamentalmente, a través de partidos políticos. Si la calidad de una democracia exige políticos respetuosos con los valores democráticos, obviamente estos también son exigibles a los partidos políticos tanto en su vida interna como en sus relaciones externas. El político podrá manifestar libremente su opinión dentro de los órganos del partido y, si fuera necesario, expresará su discrepancia con las directrices y las líneas de actuación del propio partido a través de los canales que el partido tenga establecidos y, si hace falta, a través de los medios de comunicación y de los tribunales de justicia.
21. El político será leal al partido; lealtad, en todo caso, no exenta del libre ejercicio de la crítica.
22. Tiene el deber de respetar, en caso de que exista, el código deontológico que regula la actuación de los miembros del partido así como sus estatutos.
23. Colaborará con los órganos de gobierno del partido por promover entre sus miembros, especialmente las juventudes, los valores y principios éticos que hacen posible el pleno desarrollo del ejercicio democrático.
24. Si es conocedor de malas prácticas en el seno de su partido, como pueden ser casos de corrupción o de prevaricación, debe revelarlo a los órganos competentes y, si fuera necesario, a los órganos judiciales.
VI. La relación con la administración de justicia
La separación de poderes es un principio de la democracia representativa. Las dos esferas (ejecutiva y judicial) son autónomas y deben ser respetuosas mutuamente entre ellas.
25. El político tiene la obligación de preservar la autonomía de la administración de justicia a pesar de los propios intereses y de los de partido sin perjuicio del ejercicio libre de la crítica.
26. Tiene el deber de denunciar delante de la justicia las ilegalidades que conoce en el ejercicio de su actividad política.
Firman este código Antonio Argandoña, Norbert Bilbeny, Victòria Camps,Miquel Calsina, Àngel Castiñeira, Cristian Palazzi, Ferran Requejo, Raimon Ribera, Begoña Román, Ferran Sàez, Miquel Seguró, Francesc Torralba y Josep Maria Vallès.con la colaboración de Rosamund Thomas
Este artículo és la versión castellana del Code of Ethics for Politicians publicado en el RAMON LLULL
JOURNAL OF APPLIED ETHICS, vol. 3, 2012, pp. 9-16. La traducción ha sido hecha por la propia revista. Sólo se han corregido los errores de picado.
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