domingo, 21 de agosto de 2016

Comunicado Asamblea Estadal del Partido Socialcristiano COPEI delEstado Zulia

 

 

 

 

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Acuerdo de la Asamblea Estadal del Partido Socialcristiano COPEI del Estado Zulia

 

Nosotros, miembros de la Asamblea Estadal del Partido Social Cristiano Copei del Estado Zulia, convocados y reunidos en la ciudad de Maracaibo el día 14 de agosto de 20 16, de conformidad con los artículos 40 y 41 de los Estatutos del Partido;

 

CONSIDERANDO

 

Que el día 3 de agosto de 2016 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, emitió la sentencia Nro. 684 mediante la cual se decretó la intervención judicial del Partido Copei por vía del amparo constitucional con medidas cautelares, vulnerándose principios jurídicos fundamentales y la naturaleza constitucional y procesal del amparo;

 

CONSIDERANDO

 

Que en la misma sentencia se violan nuestros derechos políticos constitucionales y los de nuestra militancia, al desconocer el proceso electoral interno efectuado el 1 O de julio del presente año, mediante el cual se eligieron las autoridades del partido a nivel nacional, estadal y municipal, vencidos como fueron los periodos de las autoridades del partido electos en el año 20 12, todo de conformidad con nuestros Estatutos y su realización fue convalidada por la Sala Electoral del TSJ en sentencia Nro. 1 03 de fecha 8 de julio de 2016 y · cuyos resultados fueron participados y consignados ante el mismo CNE;

 

CONSIDERANDO

 

Que en la misma sentencia se designó una Junta ad hoc integrada por Pedro Urrieta) Silvia Medina) Orlando Medina) Miguel Salazar e Ibis Alemán) otorgándole atribuciones no establecidas en los Estatutos del Partido a la Mesa Directiva, produciéndose de esta forma una intervención arbitraria, contraria a Derecho y violatoria de los Derechos Humanos, Civiles y Políticos, establecida en la Carta Interamericana de los Derechos Humanos y la Constitución Nacional;

 

CONSIDERANDO

 

Que dicha decisión judicial desconoce los encomiables esfuerzos realizados por el Consejo Consultivo presidido por el Dr. Pedro Pablo Aguilar e integrado por Oswaldo Álvarez Paz, José Curiel, Abdón Vivas Terán y Román Duque Corredor; para desjudicializar y unificar el Partido;

CONSIDERANDO

 

Que es deber ineludible de todo afiliado, defender la institucionalidad del Partido Socialcristiano Copei en uso y protección de sus derechos establecidos en los Estatutos del Partido y de recurrir ante cualquier instancia nacional o internacional en defensa de los derechos conculcados, por la demanda de los solicitantes que solo buscan la obtención de beneficios personales, poniendo en peligro la vida institucional y la trayectoria democrática de 70 años cumplidos por nuestro Partido inspirado en sus principios y valores;

 

CONSIDERANDO

 

Que esta sentencia arbitraria de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, violatoria del orden público, de la seguridad jurídica y del debido proceso, atiende a los intereses del régimen de socavar los derechos políticos de los ciudadanos y la reiterada intervención de los partidos políticos de oposición, así como a su propósito de dividir a los principales factores que integran la Mesa de la Unidad Democrática, para afectar con ello el impulso de la acción política que busca la realización del Referendo Revocatorio en el presente año;

CONSIDERANDO

 

Que el contenido y disposición de la sentencia ponen al descubierto la existencia de vínculos e intereses compartidos entre los accionantes y el régimen que ha destruido el país, poniendo en entredicho su lealtad a los principios y valores históricos de la Democracia Cristiana.

 

ACUERDA

 

PRIMERO: Rechazar enérgicamente la intervención judicial de Copei por vía del amparo constitucional, mediante sentencia Nro. 684 de la Sala Constitucional del TSJ y nos declaramos en desobediencia civil ante el dispositivo de dicha sentencia, por contrariar el orden constitucional, violar nuestros derechos políticos y los derechos humanos, además por ser dictada por magistrados cuya designación fue anulada por la Asamblea Nacional.

 

SEGUNDO: Apoyar todas las acciones que contra el dispositivo de esta sentencia ejerza cualquier afiliado, dirigente y directivos nacionales, estadales y municipales en defensa de nuestros derechos conculcados y la suspensión de la aplicación de los Estatutos del Partido.

 

TERCERO: Solicitar a la Mesa de la Unidad Democrática un pronunciamiento público inmediato contra esta decisión que pone en peligro la acción de los Partidos Políticos, para alcanzar el ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos consagrados en la Constitución Nacional y la Carta Interamericana de los Derechos Humanos.

 

CUARTO: Invitar a toda la dirigencia y militancia del Partido a manifestar su rechazo y producir acciones de protesta en defensa de la institucionalidad partidista y continuar con mayor fuerza nuestro trabajo por la salida pacífica y constitucional de esta dictadura comunista mediante el Referendo Revocatorio.

 

QUINTO: Invitar al Zuliano Mayor Dr. Oswaldo Álvarez Paz a encabezar un movimiento nacional de rescate de la integridad y unidad de nuestro Partido, para impedir la ejecución de esta sentencia que representa la extinción de Copei.

 

SEXTO: Solicitar al Dr. Eduardo Femández su pronunciamiento dados los insistentes rumores que lo vinculan a los accionantes y a los representantes del régimen.

 

SÉPTIMO: Acudir tanto a la Organización Demócrata Cristiana de América como a otras instancias competentes para exigir la defensa de los derechos humanos y la garantía de la democracia, vulnerados como han sido el derecho de asociación, del orden democrático y participación política. En demostración de nuestro apoyo y respaldo al presente acuerdo, suscribimos.

 

 

Asamblea Estadal del Partido Socialcristiano COPEI del Estado Zulia

 

 

 

 

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