jueves, 2 de marzo de 2017

El partido patilla


EL PARTIDO PATILLA

JESÚS RANGEL RACHADELL

Después de las elecciones internas de Copei en 2002, en las que fueron electos Eduardo Fernández como presidente y César Pérez Vivas como secretario general, hubo un extenso lapso sin efectuarse elecciones como manda el estatuto de Copei.

El Consejo Federal de enero de 2007 (instancia que reúne a la Dirección Nacional y a los presidentes y secretarios generales de los estados), designó una junta interina para dirigir a Copei, y escogió como presidente a Orlando Contreras Pulido y como secretario general a Luis Ignacio Planas; esta dirección interina debía convocar a elecciones por cuanto las autoridades electas en 2002 ya tenían su período vencido.

Atendiendo a un exhorto del Consejo Federal efectuado el 28 de abril de 2009, la Comisión Electoral Nacional acordó el 14 de mayo de 2009, fijar como fecha para escoger las autoridades del partido el 22 de noviembre de 2009; y en el diario El Nacional publicó el 7 de agosto de 200 un aviso en el que convocaba al proceso de renovación de autoridades del partido.

Planas, con el objetivo de mantenerse en la dirección del partido y controlar sus órganos, convocó un Consejo Federal el 14 de agosto de 2009, y se procedió a destituir de sus cargos a los miembros de la Comisión Electoral Nacional.

Este es el pecado original, la destitución de la Comisión Electoral, que obligó a Edgar Parra Moreno a acudir a la Sala Electoral del TSJ; y logra una medida cautelar que lo reincorpora a su cargo de presidente y al resto de los miembros de esa comisión, por cuanto una vez convocado el proceso electoral no podían ser cambiadas las autoridades electorales ni el reglamento electoral (ver sentencia N° 148 del 11-11-2009).

El mencionado proceso concluyó con una sentencia en la que se declara con lugar el reclamo de Parra, se deja sin efecto el Consejo Federal de agosto de 2009, e interpretó que el artículo 74 de los estatutos de Copei limita la participación de la Dirección Nacional a la fijación de la fecha de los comicios previa consulta de la Comisión Electoral, no vinculante para esta última, y que la Comisión Electoral Nacional podrá “de forma autónoma, fijar todas las fases del proceso comicial” (ver sentencia N° 176 del 09-12-2009).

Planas, vista la anterior sentencia y en evidente desacato de la misma, convoca un Consejo Federal el 16 de enero de 2010, que modifica el texto del artículo 74 de los estatutos del partido, designa a otro presidente de la Comisión electoral, reprograma el cronograma electoral, e impone otro reglamento electoral.

De nuevo Edgar Parra Moreno se presentó ante la Sala Electoral a solicitar el cumplimiento de la mencionada sentencia y denuncia los hechos que configuran el desacato; y la Sala le dio la razón y suspende los procedimientos disciplinarios iniciados en contra de él y de los ciudadanos José Gregorio Chuecos, José Hernández y Jesús Díaz, todos ellos miembros de la Comisión Electoral; deja sin efecto la orden de reestructurar el cronograma electoral, y ordena “a la Asamblea Nacional del Partido Copei y al resto de los órganos de dirección de dicha organización política, abstenerse de realizar actos que incidan en el desarrollo del proceso electoral, toda vez que son actos propios de la Comisión Electoral” (sentencia N° 10 4-02-2010).

Los copeyanos Aura Marina Oropeza, María Figueroa, Armando Morante y Daniel Orlando Jaimes Paredes, se presentaron a la Sala Electoral a denunciar un problema con el cronograma electoral y el momento en que el registro electoral debía cerrarse. La Sala Electoral decide suspender el acto de votaciones para escoger las autoridades de COPEI, previsto para el 21 de marzo de 2010, hasta tanto no se corrija el cronograma (ver sentencia N° 31 del 19-03-2010).

La Comisión Electoral dicte el cronograma, corrige el desfase que encontró la Sala Electoral, y efectúa las elecciones el 02 de mayo de 2010, es decir, cuatro años después de vencido el período de las autoridades electas en 2002. En estas elecciones es elegido presidente de Copei Roberto Enríquez.

Contra las anteriores elecciones acudieron a la Sala Electoral Luis Ignacio Planas, Alejandro Vivas Salvatierra y Rafael Contreras Millán, quienes alegaron que hubo unos problemas con el registro y el cronograma electoral; la Sala Electoral les da la razón y decide la desincorporación de sus cargos a las autoridades a escala nacional, estadal, municipal y parroquial, y que se incorporen las autoridades que se encontraban vigentes para la fecha de las elecciones. Con esta sentencia se reinstaló a Luis Ignacio Planas en la conducción del Copei (ver sentencia N° 118 del 16-11-2011).

Roberto Enríquez y la directiva electa con él ejercieron sus cargos solo por un año y medio.

Para efectuar las mencionadas elecciones se escogió a Miguel Ángel Moyetones como presidente de la Comisión Electoral, la cual procedió a realizar algunos actos reñidos con la imparcialidad que debía mantener, tales como cambiar el Reglamento Electoral; no publicó ni estuvo a disposición de nadie el Registro Electoral Preliminar, y desconoció la postulación de Roberto Enríquez, entre otras. Antes estas irregularidades, por primera vez, los dirigentes Roberto Enríquez, Jesús Alberto Barrios y Jesús Rangel Rachadell, acudieron a la Sala Electoral y lograron una medida cautelar que paralizó el cronograma electoral, lo cual implicó la suspensión de las elecciones (ver sentencia N° 26 del 16-02-2012).

La sentencia definitiva de la anterior causa dispuso varias medidas, a saber: se separó de sus cargos al Presidente, Vicepresidente y Segundo Vocal Principal de la Comisión Electoral Nacional; se ordenó que dichos cargos fueran ocupados por los vocales principales y suplentes; y se repuso el proceso electoral al estado de la conformación del Registro Electoral Nacional (ver sentencia N° 37 del 13-03-2012).

Las elecciones se efectuaron el 16 de junio de 2012, y nuevamente fue electo Roberto Enríquez como presidente de Copei; ninguna sentencia del Tribunal Supremo ha reinstalado a Enríquez, este ha ganado dos elecciones que ratifican su liderazgo dentro de Copei.

Este año 2015, la Sala Electoral dicta varias sentencias por la que se reincorporan a directivos de cuatro estados, justo antes del Consejo federal del 28 de mayo de 2015, en el que Pedro Pablo Fernández propuso un voto de censura contra la directiva presidida por Roberto Enríquez, el cual fue negado con muchísima diferencia, y la conducción de Roberto Enríquez y de la Dirección Política Nacional fue apoyada de manera atronadora.

Los cuatro dirigentes de los estados que lograron su restitución mediante sentencias de la Sala Electoral alegando que fueron electos y que por ello no podían ser removidos, –y otros tres afiliados-, se presentaron ante la Sala Constitucional y de manera hipócrita (en el entendido que alegaron a su favor haber sido electos para que los reincorporaran, pero no se lo reconocen a la directiva nacional y al resto de los vocales, todos electos), plantearon varios chismes sin pruebas, y pidieron que los consideraran a ellos las autoridades de Copei, sin haber sido electos por nadie para esos cargos (ver sentencia N° 1.023 del 30-7-2015).

La Sala Constitucional, sin tener competencia, le otorga a estos reclamantes todo lo solicitado mediante una medida cautelar –sin oír a los afectados, violando expresas garantías constitucionales-, cambia a las autoridades por otras que no fueron electas para esas responsabilidades, les otorga la potestad de realizar una consulta que ya había sido hecha, y le entrega a estos advenedizos la facultad de postular ante el Consejo Nacional Electoral.

En definitiva, el gobierno, por medio del TSJ, interviene a Copei justo antes de un proceso de postulaciones, le otorga el control de un partido de oposición a quienes no tienen legitimidad de origen, y tanta generosidad de parte del TSJ no puede ser de gratis, algún costo tienen que pagar por este favor.

Por otra parte, hay unos personajes sospechosos y peligrosos por no haber dado la cara en el TSJ, que ahora los estamos viendo beneficiados con las actuaciones del Copei-gobierno; y advertimos a la MUD que debe tener mucho cuidado con estos espías del régimen.

Por último, hacemos un llamado a todos los copeyanos a que manifiesten su protesta ante esta descarada intervención y que rechacen a esta directiva impuesta por el TSJ, como lo han expresado Oswaldo Álvarez Paz y el Dr. Román José Duque Corredor.

Lamentablemente, la Sala Constitucional parió el partido patilla, verde por fuera y rojo por dentro
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