LOS SOCIALCRISTIANOS ANTE EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO: COPEI ante la inminente aprobación por vía Habilitante de la Ley Orgánica del Proceso de Trabajo
Caracas 18 de Abril del 2012
En las últimas semanas, el Presidente de la República ha anunciado, a través de los medios de comunicación, su intención de proceder a modificar la vigente Ley del Trabajo. De igual forma ha dado a conocer la designación de una Comisión Presidencial a la que ha encargado presentarle alternativas acerca de los elementos más importantes que debe contener la reforma legal mencionada.
Se comenta, en los círculos sindicales y políticos, que esta Comisión Presidencial se ha reunido con frecuencia con asesores extranjeros, contratados de forma permanente por el Gobierno, con quienes diseña la exposición de motivos y la estructura de Libros, Títulos, Capítulos y Artículos que contendrá este eventual Proyecto de Ley. Igualmente, a los asesores presidenciales se les nota activos en los medios de comunicación en donde ofrecen informaciones parciales acerca de lo que están preparando con destino a la decisión presidencial.
Por su parte, dirigentes oficialistas, tanto del mundo del trabajo como del PSUV, han invadido los medios con declaraciones plagadas de interminables alabanzas al Presidente en las que aprovechan para hacer públicas algunas propuestas que piensan llevar al nivel presidencial así como los alcances generales que en su concepto ha de tener la legislación en ciernes. Todo ello expresado en forma fragmentaria e incompleta. Se les percibe un desesperado intento de darle piso político a una decisión apresurada e inconsulta del Jefe del Estado.
A todos estos rumores se han añadido otros: Así, se afirma, de un lado, que el Presidente procederá a dictar esta nueva Ley, amparado en los poderes habilitantes que para legislar le otorgó la Asamblea Nacional en el mes de Diciembre del 2010 y, del otro, que procederá a promulgar este instrumento legal el próximo 1º de Mayo, o en una fecha cercana.
En el curso de esta Declaración nos pronunciaremos sobre los aspectos sustantivos que se le atribuyen a este Proyecto de Ley, al menos de aquellos que se conocen y que han logrado sobresalir del misterio con que el Presidente ha rodeado su Proyecto. Pero antes, debemos mencionar dos elementos que se refieren a la forma como el Régimen ha emprendido la reforma de la Ley mencionada.
El primer elemento que deseamos mencionar es que el Gobierno ha rodeado el debate del Proyecto de Reforma de la LOT de un cerco de sectarismo, elitismo y exclusión. Tan fuerte ha sido éste, que ninguno de los agentes sociales básicos, que tienen que ver con los derechos de los trabajadores, han sido invitados a participar en lo más mínimo en dicho debate. Así, el Gobierno ha negado acceso al conocimiento de su proyecto a todos los sectores organizados del mundo del trabajo, a las principales centrales, a los sindicatos más importantes, a los expertos en derecho laboral y en política social, a las Universidades, a los partidos políticos etc. Solo se han abiertos resquicios en las puertas del misterio a dirigentes y fuerzas laborales relacionadas con el Oficialismo. Como se ve, la cacareada Democracia de Participación y Protagónica no va más allá de un burladero detrás del cual se parapeta la irrefrenable tendencia autocrática del Presidente de la República.
El segundo elemento hace referencia a la vía escogida por el Presidente, a través de una Ley Habilitante, para aprobar esta reforma. Al tomar esta decisión el Jefe del Estado hace a un lado el mandato señalado en la CRBV en su Disposición Transitoria IV, Numeral 3, la cual señala que debe ser la Asamblea Nacional la que se encargue de proceder a la Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo. De esta manera, el gobierno priva a los trabajadores, a sus organizaciones sindicales y a la sociedad venezolana de un foro más adecuado, que posee un cierto nivel de participación, para que todos puedan debatir democráticamente el tema crucial de los derechos del mundo del trabajo.
Importancia social y personal del trabajo en el mundo moderno
En la medida en que nos vamos involucrando en este debate acerca de la reforma de la Ley del Trabajo y en proporción a como va cayendo el velo impenetrable de misterio con el cual el Gobierno ha pretendido ocultarla, se hace necesario que proclamemos algunas verdades sucintas sobre la importancia básica que el trabajo ha asumido durante el desarrollo de la civilización humana. De idéntica forma acerca de su importancia en esta etapa de la patria venezolana como sociedad moderna y en permanente defensa de sus derechos humanos y de su institucionalidad democrática.
De acuerdo con ello, deseamos reiterar que proclamamos al trabajo como el proceso social por excelencia; él incide, impacta y articula a todo el orden societario. Es el elemento dinámico indispensable para todo proceso de desarrollo social. El trabajo debe ocupar el centro de la política social en todo estado que vele celosamente por sus instituciones, su carácter cívico, su estabilidad y su capacidad de responder cada día a nuevos y urgentes retos. Esta política social, a su vez, debe elaborarse sobre la base de la justicia y de la dignidad, contra la explotación del hombre por el hombre, hacia la construcción de valores de solidaridad y de respeto mutuo en la distribución del poder, del ingreso, de la propiedad, de la cultura y de la riqueza.
El trabajo atiende íntimamente a dos sentidos: Uno subjetivo, el otro objetivo.
Por el sentido subjetivo, que es esencial y que tiende a olvidarse con frecuencia en sociedades despersonalizadas por el capital o por el socialismo autoritario, el trabajo es el signo exterior de la propia dignidad humana. Con él, el ser humano gana el pan cotidiano, sostiene a su familia, contribuye al progreso de la ciencia y de la técnica, empuja el progreso económico, moral y cultural de la sociedad y crea sólidos vínculos comunitarios. Por esto, todas las tareas que la persona ejecuta durante el proceso de trabajo deben ser conformadas de manera que conduzcan a la realización plena de su humanidad, al desarrollo de su vocación, al perfeccionamiento de su ser. Por eso, en este sentido, sostenemos sin titubeos que el ser humano es el sujeto indudable del trabajo; ésta potente y clara verdad tiende a ser con frecuencia olvidada por algunos patronos que no están al día en el desarrollo de los valores y de los derechos humanos, pero, también, por estados totalitarios, o en vías hacia el totalitarismo de inspiración sedicentemente socialista, que pretenden destruir la voluntad de los trabajadores, allanar sus organizaciones sindicales y convertirlos en ruedecillas de sus improductivas maquinarias económicas.
Por el sentido objetivo, el trabajo adviene a ser un agente integrante fundamental del proceso de combinación de factores que se requiere para producir la compleja y variada corriente de bienes y servicios que las sociedades modernas precisan para que sus poblaciones alcancen un nivel de vida humano y satisfactorio. En este sentido se habla de técnica, productividad, conocimiento, experiencia y organización.
Solo se entiende al trabajo como proceso social activo, e imprescindible para la humanización, si se conjugan los dos sentidos a los que nos hemos referido. De allí brotan los derechos de los trabajadores, sus organizaciones sindicales, sus vinculaciones con el entorno comunitario, sus deberes y sus derechos y, en un plano amplio, la responsabilidad de las tareas que ejecuta el trabajador porque de ellas depende su realización personal, la de su familia, la de su comunidad y la de la nación.
Por estas razones es por lo que “la sociedad tiende a garantizar y a proteger al trabajo”, ya que al protegerlo, se protege y se le da estabilidad a la sociedad. Por ellas, el estado debe velar por el mundo del trabajo porque él “dignifica y realiza a la persona”. Por ellas, el estado debe impedir a toda costa el desempleo, el empleo disfrazado, o la precarización ya que la persistencia de estas condiciones “degrada al hombre y a la mujer en su condición de persona”.
Además, es bien conocido un hecho fundamental: Toda sociedad que garantiza y protege al trabajo es una sociedad que avanza y progresa y, por el contrario, la sociedad que no garantiza ni protege al trabajo es una sociedad débil, arruinada, inestable y con permanente agitación social, que degrada a las personas y desmejora su calidad de vida.
Los trabajadores frente a la reforma de la Ley del Trabajo
No se conocen a cabalidad los conceptos y los alcances que el Proyecto de Reforma de la Ley del Trabajo del Gobierno pueda asumir. Sin embargo, en base al conocimiento parcial que se ha hecho público, el Partido COPEI hace suyos los lineamientos que pasa a exponer a continuación. De la misma manera desea proponerlos a los demás partidos integrantes del Movimiento de Unidad Democrática, así como al Movimiento de los Trabajadores, como un aporte que ayude a desarrollar una interpretación común y una estrategia común ante la propuesta de reforma de la LOT del Gobierno.
De acuerdo con ello una vez que hemos ponderado y evaluado ponderamos la información parcial y fragmentaria que el gobierno ha hecho circular, COPEI propone:
I. Acoger cualquier iniciativa que contenga la reforma de la LOT que mejore o perfeccione los derechos sindicales, las conquistas laborales, los fueros sindicales, la autonomía organizacional de sindicatos y centrales, las reivindicaciones en salarios y prestaciones, el perfeccionamiento de las contrataciones colectivas, los mecanismos de autoformación y de capacitación técnica, los sistemas para el aumento de la productividad, la humanización de las condiciones de trabajo, el pago retroactivo de las prestaciones sociales sin expropiación por parte del Gobierno de los ahorros de los trabajadores, la participación adicional en utilidades y la participación responsable en la gestión del proceso productivo etc.
II. Así mismo señalamos, como un aporte dirigido a crear un clima de paz y de distensión, que rechazaremos con métodos cívicos y democráticos cualquier disposición, contenida en dicho Proyecto de Reforma, que atente contra la autonomía de las organizaciones sindicales, que debilite su carácter rector del mundo del trabajo, que someta los trabajadores al control de una parasitaria burocracia estatal y partidista, que debilite los derechos humanos y sindicales logrados etc.
III. En resumen, los socialcristianos sostenemos que las legislaciones en materia del trabaja, y esta reforma de la Ley del trabajo actual debería ser un paradigma en este sentido, deben ser realizadas para avanzar, para mejorar, para crear: Para atrás, ni un paso; ya sea frente a un estado autoritario y todopoderoso o frente a un capitalismo agresivo que, afortunadamente, no es hoy mayoría en el sistema socio económico del país.
Pero, más allá de estas áreas que tocan en lo general reivindicaciones y derechos sociales de los trabajadores, cabe dirigir una mirada a otros aspectos. Nos referimos a que el Partido COPEI, y en esto percibimos como en lo anterior cabal sintonía con el Movimiento de los Trabajadores, entiende que los principios doctrinarios que se tratan de imponer y las instituciones que puedan surgir al calor de esta reforma oficial de la LOT, deben adaptarse estrictamente a las disposiciones de la CRBV.
Por ello, no vacilamos en sostener que, algunas materias que comienzan a atribuirse a este proyecto de Reforma de Ley Orgánica del Trabajo, tales como obligar al mundo del trabajo a una transición hacia un socialismo que ni el propio Gobierno se atreve a definir, darle enorme poder y capacidad de control sobre el mundo del trabajo a su asfixiante burocracia estatista, imponer métodos de adoctrinamiento en lugar de utilizar los tiempos de formación para el entretenimiento creativo y la preparación técnica y cívica de los trabajadores, crear consejos de gestión con supuestos criterios técnicos productivos pero destinados a dividir a las organizaciones del trabajo y pretender someter el proceso social del trabajo a un esquema de militarización creciente de manera de subordinarlo a la concepción militarista del Gobierno, son elementos que de ser aprobados por esta reforma producirán un potente rechazo cívico de parte de los trabajadores del país.
En fin, la CRBV establece la base mínima sobre la cual se ha de echar a andar. Está pautada en el Artículo 89º de la Constitución: La intangibilidad y progresividad de los derechos de los trabajadores, la irrenunciablidad de sus derechos y la interpretación más favorable.
La democracia y las luchas sociales de los trabajadores
La Ley del Trabajo vigente afecta a un enorme conglomerado de venezolanos tales como empleados de la administración pública y de las corporaciones del estado, trabajadores en todos los sectores productivos privados, trabajadores en los sectores informales, la legión de desempleados e, indirecta pero poderosamente, a millones de familias. Por esta razón, sus efectos son potentes y las legislaciones sobre el proceso social del trabajo tienden a considerarse como de las más importantes de una nación luego de su propia constitución política. Razón de más para que la discusión de este tipo de legislación deba ser abierta y participativa para todos los agentes sociales interesados. Ninguna de estas condiciones ha sido llenada `por la forma excluyente con la que el Régimen ha planteado la reforma de la LOT.
Por esto debemos destacar, una vez más, la decisiva aportación del trabajo y de los trabajadores al progreso material y espiritual de la Nación. En este sentido se comprueba un hecho histórico, de extensión mundial, que en Venezuela tuvo un rápido desarrollo: La Democracia fue el sistema político que impulsó el surgimiento del movimiento de los trabajadores, que logró los espacios políticos para que se expandiera la organización sindical, que creó el contexto en el cual los trabajadores auto gestionaron la conquista cívica de sus derechos sociales, políticos, económicos y simplemente humanos.
Una de las expresiones concretas en que tales luchas democráticas de los trabajadores ha cristalizado es el llamado “principio de intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales”, recogido en el numeral 1 del artículo 89 de la Constitución que ya hemos citado con anterioridad.
De este principio se desprende una conclusión inexorable: El proyecto de reforma de la LOT, excluyente y sectario, preparado en retortas secretas por intelectuales del Régimen, no puede alterar dicha intangibilidad y progresividad en los beneficios laborales. Tampoco puede dicho proyecto secuestrar estos beneficios, según disposiciones sectarias de grupos burocráticos oficialistas, en perjuicio de los trabajadores.
En consecuencia de lo anterior, toca a los trabajadores, apoyados por todos los sectores democráticos del país, proceder de inmediato a organizar sus propios sistemas de auditoría cívica y social que les permitan detectar los contenidos amenazantes de este proyecto de ley, que los preparen para introducir las modificaciones que sus organizaciones de base sugieran y para determinar cuáles de sus disposiciones pueden ser contrarias a sus intereses y opuestas a la intangibilidad y progresividad de sus derechos.
Algunos aspectos doctrinarios sobre el trabajo Humano como Proceso Social
En relación con los asuntos a los que nos hemos referido en los últimos párrafos, hemos encontrado en la Encíclica Laborem Exercens algunos pronunciamientos que nos ayudan a guiarnos en estas difíciles circunstancias y que se refieren a la pertinencia y nobleza de las luchas universales de los trabajadores.
Dice así Juan Pablo II “el trabajo es uno de estos aspectos, perenne y fundamental, siempre actual y que exige constantemente una renovada atención y un decidido testimonio. Porque surgen siempre nuevos interrogantes y problemas, nacen siempre nuevas esperanzas, pero nacen también temores y amenazas relacionadas con esta dimensión fundamental de la existencia humana, de la que la vida del hombre está hecha cada día” y agrega “se considera un deber recordar siempre la dignidad y los derechos de los hombres del trabajo, denunciar las situaciones en las que se violan dichos derechos, y contribuir a orientar estos cambios para que se realice un auténtico progreso del hombre y de la sociedad”.
No hay duda que en este momento, cuando enfrentamos una situación de confusión inducida por la clandestinidad con la que el Gobierno ha rodeado su proyecto de reforma de la LOT, nacen algunas esperanzas difusas para el mundo del trabajo. El Partido COPEI está seguro de que ellas han de ser captadas rápidamente por el mundo del trabajo y tendrán su apoyo. Pero nacen, al mismo tiempo, siniestras amenazas tales como eventuales intentos de control de las organizaciones sindicales por parte de la despiadada burocracia oficialista, propuestas intimidantes de militarización, mecanismos de adoctrinamiento ideológico, desaparición progresiva de las libertades sindicales etc. Es decir, amenazas eventuales las cuales podrán disiparse o no disiparse cuando se conozca por fin el propósito real del Gobierno, pero que, por ahora, penden como fuerzas de poder destructivo sobre el mundo del trabajo.
Algunas propuestas abiertas al debate
A partir de los elementos que se conocen sobre el proyecto de reforma de la LOT, en especial las declaraciones de algunos asesores presidenciales y de líderes sindicales, y en cumplimiento del deber de “orientar los cambios para que se realice un auténtico progreso del hombre y de la sociedad”, el Partido COPEI desea desplegar algunas ideas dirigidas al resguardo del principio de progresividad e intangibilidad de los derechos y beneficios laborales. Las presentamos de inmediato para su consideración, tanto a los demás partidos y organizaciones democráticas (ONGs) como al Movimiento de los Trabajadores, con la fraterna solicitud de que las reciban como un aporte que debe ser profundizado y ampliado. Estas ideas las presentamos a título de ejemplo y de manera somera:
1. Ante la reducción de la jornada del trabajo.
Considerar, en la eventual reforma de la Ley del Trabajo, que el tiempo liberado por la reducción de la jornada laboral se dirija a que el trabajador amplié su ocio creativo, su formación cívica, su especialización técnica y cualquiera otra posibilidad de autoformación de utilidad personal y social. El adoctrinamiento con fines partidistas y sectarios debe quedar totalmente excluido. Proponemos, además, que paralelo a la reducción de la jornada laboral se establezca el mecanismo de la beca trabajo que se entenderá en la forma siguiente: En tiempo liberado, los trabajadores podrán optar por una beca que les otorgue el patrono para la autoformación en las materias acordadas en la Ley; los trabajadores que cursen y aprueben estos programas tendrán derecho a un bono de calificación laboral y a un ascenso, según las disponibilidades, en la estructura de la empresa con los beneficios que le fueran inherentes.
2. Ante la precarización del empleo.
En este caso proponemos estudiar una cláusula que califique como falta grave la precarización del empleo. Esta conducta debe ser establecida como un fraude a los derechos y beneficios laborales y como una estafa a los trabajadores. Sugerimos debatir las sanciones a aplicar a las personas e instituciones que cometan esta falta.
3. Ante la destrucción de puestos de trabajo.
Proponemos debatir a fondo este tema. Definir con precisión cuales son los actos que destruyen empleo. Establecer las sanciones que se estimen pertinentes para los que incurren en estos procesos ya sean del sector público o del sector privado. Deben cuidarse los aspectos técnicos de una definición de este tipo dado el caso de la existencia de circunstancias que aconsejen cambios tecnológicos, o programas de reactivación o de estabilización, que obliguen a transitorias fricciones en el mercado de trabajo. etc.
4. La garantía procesal para defender los derechos y beneficios de los trabajadores.
Se recomienda incluir un articulado para que los trabajadores puedan optar entre el procedimiento ordinario o el procedimiento de amparo, para la mejor defensa de sus derechos e intereses.
5. Ante la propuesta de pago retroactivo de las prestaciones sociales.
Todas las prestaciones de los trabajadores, y dentro de ellas, la prestación de antigüedad son deudas exigibles y de pago inmediato obligatorio y en efectivo conforme a los mandatos constitucionales. En consecuencia, el proyecto de la LOT del Gobierno no puede alterar ni un ápice este principio. En consecuencia rechazamos algunas pretensiones que el Gobierno desea introducir eventualmente en este aspecto. Examinemos algunos aspectos brevemente
a. La creación del llamado Fondo Nacional de Ahorro, único organismo oficial que concentrará las prestaciones de todos los trabajadores. Esto constituye un monopolio financiero peligroso que servirá para expropiar las prestaciones de todo el universo laboral con el objetivo de aplicar estos fondos a la insaciable voracidad fiscal del Gobierno. Proponemos que, para resguardar las prestaciones sociales, se mantenga un esquema plural de instituciones financieras (Fondos Administradores de Pensiones), incluyendo la propia empresa, para que el trabajador pueda decidir, de manera consciente y libre, el mejor destino para los ahorros de toda su vida.
b. El pago de las prestaciones acumuladas en el sector público debe hacerse en efectivo y de manera inmediata. Si el Gobierno no puede, no desea hacerlo o tiene otras prioridades para sus cuantiosos recursos, debe dirigirse a las organizaciones sindicales a fin de concertar las propuestas alternativas de financiamiento de esa importante deuda laboral del estado.
c. Si un mecanismo de financiamiento, en lugar del pago inmediato de esa deuda laboral, es aprobado por el mundo laboral, entonces el Gobierno debe emitir la deuda correspondiente atendiendo estrictamente a que los instrumentos de pago que produzca no resulten, en sus términos y en sus condiciones, en una expropiación ni en una disminución del poder adquisitivo que tales prestaciones laborales posean.
d. Si el Gobierno emite bonos en BsF para el pago de las prestaciones, supuesto que haya habido acuerdo con el mundo del trabajo, el tiempo de vencimiento de dichos instrumentos no debe ser largo y debe garantizar que puedan ser liquidados (vendidos) luego de un lapso razonable. Por supuesto han de resguardarse las prestaciones sociales tanto de la inflación como de la devaluación. Una apropiada manera de lograr este último objetivo es indexar la tasa de interés de esos bonos a la tasa del Índice de Precios al Consumidor. Esto protegerá a las prestaciones de devaluaciones e inflación y, al mismo tiempo, le garantiza al trabajador un adecuado flujo de rendimiento mientras conserve los bonos en su poder.
e. Si el Gobierno emite bonos en divisas, de nuevo con acuerdo del mundo laboral, estos instrumentos deben ser de corto y mediano plazo; por ejemplo, no más de diez años. Sus tasas de interés deben ser iguales, o con un suplemento, sobre las más elevadas que el Gobierno haya usado para colocar otros tipos de deuda pública externa y el momento para la liquidación debe dejarse a la voluntad de los tenedores de bonos miembros de la comunidad de trabajadores. Advertimos que en este caso debe tomarse en cuenta el espinoso asunto de la sobre valuación del Bolívar Fuerte y del hecho que la inmensa mayoría de los trabajadores probablemente desearán recibir sus pagos en moneda nacional siempre que ésta no resulte afectada por ninguna causa en su poder adquisitivo. En el momento correspondiente habrán de proponerse términos que tomen en consideración estos asuntos.
6. Ante el retardo en la discusión de las convenciones de trabajo.
Se recomienda incluir una cláusula según la cual las discusiones para convenciones colectivas deban tener un plazo legalmente establecido, y de vencerse éste, sin que se haya llegado a acuerdo con el patrono, se deberán establecer en la Ley los mecanismos legales necesarios, arbitraje, conciliación u otros, a fin de que la discusión concluya y se apruebe el instrumento contractual en plazo determinado.
7. Preeminencia de las organizaciones sindicales.
Se recomienda incluir una cláusula que afirme a los sindicatos como rectores únicos del movimiento de los trabajadores en sus luchas reivindicativas, en los compromisos con los cambios estructurales, en la defensa de los derechos humanos, en la orientación del proceso productivo en conjunto con el capital y en los mecanismos y sistemas de auto formación de los trabajadores.
8. Rechazo a la omnipresente burocracia oficialista que pretenderá dirigir desde sus despachos al Movimiento de los Trabajadores a través de sus supuestas facultades de administración del Proceso Social del Trabajo.
9. Ante la figura de los Consejos de Gestión.
Se ha filtrado que, en el proyecto de Ley clandestino del gobierno, se está considerando la creación de los llamados Consejos de Gestión. Según indican estas referencias, el Gobierno propone establecerlos con el supuesto fin de acelerar la participación de los trabajadores en la formulación, dirección, ejecución y evaluación de planes, programas, presupuestos e indicadores de gestión del proceso productivo.
Hasta donde se ha podido conocer hemos sacado la conclusión que esta propuesta oficialista tiende, en realidad, a constituir una nueva instancia de poder dentro del movimiento de los trabajadores así como subordinarla a las directrices oficialistas. El Gobierno pretende, de esta manera, disminuir y diluir el papel que tienen los sindicatos como rectores centrales del mundo del trabajo y establecer mecanismos antagónicos para minarlos y debilitarlos.
Por otro lado, las eventuales facultades que se busca otorgar a este tipo de estructuras hacen que ellas tiendan a proliferar en cada etapa del proceso de la producción, obstaculizando y anarquizando el flujo sistemático y preciso de las tareas del trabajo social. Esto menoscaba, sin duda, la productividad y la competividad de cualquier unidad productiva.
Si fuera verdad, por otra parte, que el Régimen desea ampliar la participación del trabajo en la conducción y administración de la producción, entonces deseamos proponer que se estudien y apliquen rigurosamente los modelos de cogestión y de autogestión, que son ya bastante conocidos y experimentados, y que, de aplicarse racional y técnicamente, permiten una más oportuna vinculación del trabajo a la empresa, una adecuada participación en la gestión y evaluación, una mejor inspección de los resultados financieros, una optima contribución a la productividad y una incorporación de los trabajadores a la empresa como auténtica unidad comunitaria.
Para lograr esto se debería comenzar por elaborar los corpus económicos, legales y sociales necesarios. Crear los mecanismos de asistencia técnica y financiera requeridos para acelerar la productividad y prepararse para que este tipo de empresas pueda insertarse autónomamente, sin la presencia permanente del Gobierno y de su burocracia estéril, en el mercado nacional e internacional.
Claro está que es justamente el gobierno el que, con sus apetencias de poder omnímodo y de control de todo el aparato productivo, ha permitido que su burocracia destruya muchas de las empresas en las cuales ha intervenido Véase, lo que ha ocurrido con PDVSA y con las otrora importantes empresas de Guayana reducidas hoy a la impotencia, la depauperación de sus trabajadores y la disminución creciente de sus flujos productivos
10. Sobre el fuero sindical.
El Fuero Sindical está pautado en el Artículo 449º de la vigente Ley del Trabajo. Está íntimamente vinculado a la libertad sindical establecida en el Artículo 95º de la CRBV.
Es una institución que surgió como consecuencia de la protección especial que el Estado debe otorgar a los sindicatos para que puedan cumplir libremente la función que a ellos compete cual es la defensa de los intereses de sus afiliados. Con dicho fuero, la Ley procura el desarrollo normal de las actividades sindicales.
El Fuero Sindical está constituido, en general, por un conjunto de prerrogativas, vale decir medidas legales de carácter especial, destinadas a proteger a los dirigentes sindicales y a garantizarles libertad de acción en el ejercicio de sus funciones. La Ley vela por ellos en caso de amenaza de despido, discriminación, traslado arbitrario u otras formas de hostilidad por causa de su actividad gremial.
En conciencia plena de la importancia vital que esta institución posee para el mundo laboral proponemos que se mantenga, tal cual lo establece la Ley, pero que, además, se aproveche esta oportunidad para profundizar en su alcance, ponerla al día, revisar su funcionalidad y definir con mayor claridad sus atribuciones y rango de aplicación.
11. Sobre las propuestas de incorporación del mundo del trabajo a un esquema militarista de la seguridad de la nación.
Circulan rumores de que el proyecto de reforma de las LOT del gobierno ha incorporado numerosas disposiciones dirigidas a enmarcar al mundo de los trabajadores, en los planes de militarización creciente que el Régimen tiene en marcha. En este caso, dado que carecemos de información más concreta, solo deseamos alertar para que, si esta eventualidad se llega a presentar, estemos prestos a estudiar estos aspectos y rechazar todo lo que allí se contenga contrario a los derechos sociales del mundo del trabajo y a los procesos democráticos que siguen alentando el desarrollo político y económico de la nación.
Con estas propuestas llegamos al final de lo que hemos planteado como una somera aproximación a un tema de suyo complicado y vitalmente importante.
Dado la intencionada falta de información sobre este proyecto de Ley de la que el Gobierno ha hecho gala, es seguro que habrá temas sensibles y vitales para el Movimiento de los Trabajadores que no hemos tocado. Estaremos atentos, cuando se conozca por fin el proyecto de reforma, para ampliar nuestros conceptos, opiniones y propuestas. Esperamos en consecuencia que se esclarezcan los términos del debate; que el Gobierno difunda la información requerida a fin de que todos podamos aportar ideas creadoras que modifiquen el régimen laboral y que permitan un paso importante hacia una mayor realización personal y hacia un más rápido progreso económico, institucional y social del país.
NOTA DE LB:
El documento recoge el debate que, por dos semanas y media, se dio en el seno deuna comisión de trabajo coordinada por Abdón Vivas Terán. Y sirvió de soporte para la rueda de prensa institucional del partido. Rogamos disculpar los errores de transcripción, propio del empleo de un programa informático a otro.
Ilustración: Ferdinand Léger, "Trabajadores en un andamio" (1950)
miércoles, 25 de abril de 2012
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