jueves, 29 de diciembre de 2011

Filosofía de la ley (4)

Filosofía de la ley (4):


Definición de "Ley" según santo Tomás de Aquino



Santo Tomás nos ha legado variasdefiniciones de la ley en general, siendo la más importante la siguiente: “Lexest quaedam rationis ordinatio ad bonum commune, et ab eo qui curamcommunitatis, habet promalgata”. «La ley es cierta ordenación de la razón albien común, promulgada por el que rige la comunidad.»

A primera vista parece que lasfórmulas generales y aparentemente vagas, bajo las cuales se presenta estadefinición, deben perjudicar a la exactitud y precisión de la idea que se tratade explicar. Y sin embargo, ¿quién se atreverá a mirar como defectuosa estadefinición? Y nótese aquí, dice el Cardenal Ceferino González, que estadefinición, conteniendo, como contiene, todos los caracteres esenciales de laley, abarca al propio tiempo en su seno todas las especies de leyes, a pesar desu inmensa distancia y de sus diferencias recíprocas: la ley natural y ladivina, la ley eterna y la ley humana; todas caben en esta definición. Pero esmás admirable todavía la elevación de miras y la filosofía de expresión queresaltan en ella como aplicada a la ley humana, a la cual se refiere másdirectamente. Ni el más leve indicio acerca del origen inmediato de laautoridad que ha de hacer las leyes, ni la más leve palabra sobre la forma degobierno que debe regir la sociedad para la cual se promulga la ley.

Todo al contrario, el SantoDoctor evita con exquisito cuidado lo que es secundario e indiferente respectode la ley, y prescinde de todo aquello que no es esencial a la idea de lamisma. Por eso, es que en su definición hallan cabida todas las formaslegítimas de gobierno; monarquía absoluta y monarquía templada, aristocracia ydemocracia con todas sus gradaciones y combinaciones posibles, todas entran enla citada definición; porque todas son compatibles con la idea de ley.

Así, pues, a fin de poder cotejarmejor la doctrina jurídica de Santo Tomás de Aquino con la de otras Escuelasque militan en el campo de la Filosofía del Derecho, y hacer ver la inmensasuperioridad de la definición que nos ha legado el Angélico Doctor sobre lasotras que se han dado de la ley humana, dejamos la glosa de la misma paracuando tratemos en particular de la ley positiva.


(tomado de "Filosofía de la ley según santo Tomás de Aquino", Juan Carreras y Arañó)



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