sábado, 13 de febrero de 2016

Reanudación parcial de la divulgación del Boletín Epidemiológico Semanal, del Ministerio del Poder Popular para la Salud

 

 

 

 

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Sociedad Venezolana de Salud Pública

Red Defendamos la Epidemiología Nacional

 

13 de febrero de 2016

 

Reanudación parcial de la divulgación del Boletín Epidemiológico Semanal,

del Ministerio del Poder Popular para la Salud

 

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En los últimos 9 años, como ciudadanos y profesionales de la salud, hemos sido impedidos del derecho a tener acceso a la información epidemiológica, continua e ininterrumpida, de datos de interés público, sobre más de 72 enfermedades de notificación obligatoria y otros eventos de salud. Ha sido una forma de censura política, mediante la que los gobiernos ocultan información a sus ciudadanos. Esto se suele hacer para controlar a la población e impedir la libre expresión, con el argumento que los ciudadanos pueden fomentar una ¨desetabilización¨política. No disponer de esta herramienta fundamental e indispensable de salud pública, tanto para quienes toman decisiones sobre políticas sanitarias, como para los profesionales que atendemos las necesidades de salud de la población y para la orientación técnica y confiable de la ciudadanía, en el reconocimiento de factores de riesgo de enfermar,  ha debilitado las acciones de promoción social y prevención, de amenazas a la salud colectiva y ha disminuido la capacidad del sistema de salud venezolano para vigilar y controlar y responder ante epidemias; omisión y error inexcusable de quienes pretendieron arbitrariamente reservarse información, que nos pertenece a los ciudadanos, que fuimos deliberadamente desinformados e impedidos de participar y ejercer, efectivamente, el derecho a la salud como consagra la Constitución Nacional. A la vez, de poder revisar y evaluar la efectividad de las políticas públicas en salud.

 

Hace pocas semanas se agregaron silenciosamente, en el archivo electrónico del portal del Ministerio del Poder Popular para la Salud, los números faltantes del Boletín, del año 2014. A partir del 1 de noviembre de 2014,  se inició la última interrupción de información que padecimos en forma continua hasta el día de ayer, por un lapso  de 15 meses, sin datos epidemiológicos actualizados. La reanudación de información es parcial, porque solo ofrece los datos hasta la semana epidemiológica N· 26 de 2015; no permite un análisis y caracterización completa de la grave epidemia de chikungunya sufrida entre 2014 y 2015, evento extraordinario que no merece a los editores del Boletín, siquiera un comentario o análisis en sus páginas; casualmente, no cubre tampoco el período inicial de la epidemia actual de zika, amenaza emergente que se inició, con toda seguridad, después de la semana epidemiológica 26 y que pudo ser vigilada desde su comienzo, solo mediante el estudio del número de casos febriles agudos en exceso, que se presentaron desde entonces, observación que difundimos y que hemos podido corrobar mediante otras fuentes alternas, oficiales, no divulgadas.

 

La decisión del MPPS de reanudar la publicación del Boletín Epidemiológico Semanal, no es espontánea, ocurre luego de numerosos reclamos, permanentes y reiterados que hemos hecho desde la Sociedad Venezolana de Salud Pública y la Red Defendamos la Epidemiología Nacional, a los que se ha sumado la protesta y la exigencia firme de la Academia Nacional de Medicina, la Red de Sociedades Científicas Médicas Venezolanas, Las Sociedades Científicas Médicas, como la Sociedad Venezolana de Puericultura y Pediatría, La Federación Farmacéutica Venezolana, La Federación Médica Venezolana, las Organizaciones no Gubernamentales de Derechos Humanos, como Espacio Público y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos, (PROVEA,) Transparencia Venezuela, la Coalición Pro Acceso, La Conferencia Episcopal Venezolana, los comunicadores sociales, IPYS, la opinión pública y de manera muy especial, la Asamblea Nacional de la República, mediante el histórico Acuerdo del 26 de enero de 2016, que declaró la Crisis Humanitaria de la Salud en Venezuela, e incluyó la exhortación al Ejecutivo Nacional para que se restituya la divulgación y publicación del Boletin Epidemiológico en concordancia con la normativa del Reglamento Sanitario Internacional. En el pasado, la Defensoría del Pueblo también había recomendado al MPPS la publicación del Boletín en su Informe de Gestión de 2008.

 

Esto no es es suficiente. Es necesario que el MPPS, cumpla con su deber de informar veraz y oportunamente, ofrezca los datos en salud, completos, continuos y permanentemente. Sin restricciones. No hacerlo, sería reiterar en los errores, colocar barreras y obstáculos para el ejercicio efectivo de derechos fundamentales, a la salud y al acceso a la información de fuentes oficiales.

 

La medida de levantar la restricción de información en salud, también debe extenderse a otros documentos de gran valor, silenciados injustificadamente por el Gobierno Nacional, entre ellos, los Boletines Integrales de la Dirección de Salud Ambiental del MPPS, restringido desde  la primera semana de febrero de 2015; Los Anuarios de Mortalidad, el último publicado corresponde al año 2012; los Anuarios de Morbilidad, igualmente suspendido desde esa fecha, los Reportes sobre Movimientos Hospitalarios e Indicadores de Gestión, que fueron publicados continuamente por años, por el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. Todos ellos de gran valor para la buena conducción de la salud pública del país.

 

Quedan marcadas en la memoria colectiva las deplorables palabras del funcionario ministro, Henry Ventura, que el 24 de abril de 2015,  amenazó con eliminar definitivamente el Boletín Epidemiológico Semanal del MPPS ¨el boletín no va a salir más nunca¨ y sustituirlo por unas ruedas de prensa, que nunca llegaron a producirse. Por fortuna, el tiempo demostró el inexcusable error del funcionario que ahora ocupa la presidencia de la Fundación Barrio Adentro, posición que le permitirá, por algún tiempo, reservarse información sobre esa Fundación Pública, información relacionada con la gestión del sistema paralelo de salud, que solo comparte con sus socios de la Misión Médica Cubana. 

 

¿Tendrá el funcionario Henry Ventura, el valor de comparecer ante la Asamblea Nacional cuando sea llamado a rendir cuenta de sus actuaciones y al igual que otros que le precedieron, a explicar las razones por las cuales arbitrariamente se reservó la información epidemiológica para su uso personal y careció de la debida transparencia?, conductas por demás, expresamente prohibidas por el artículo 57 de la Constitución.

 

Menester es tener muy presente, el artículo 13 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, de 1969:

¨Toda persona tiene el derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección¨ y no puede estar sujeto a censura previa.

 

Por nuestra parte, manifestamos nuestra voluntad y disposición de seguir ejerciendo el derecho a la información y a la salud.

 

José Félix Oletta L.

Carlos Walter V.

Ángel Rafael Orihuela

Oswaldo Godoy

Ana C. Carvajal

Julio Castro M.

Andrés Barreto

Saúl O. Peña

 

 

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