domingo, 22 de mayo de 2011

La Misa Indultada en la Iglesia Concliar. Consideraciones sobre la UNIVERSAE ECCLESIAE

La Misa Indultada en la Iglesia Concliar. Consideraciones sobre la UNIVERSAE ECCLESIAE: "
El 30 de abril de este año, el Cardenal de la Iglesia Concliar Willam Levada dio a conocer un la Instrucción Universae Ecclesiae de la Comisión Ecclesia Dei sobre la aplicación del Motu Proprio de Benedicto XVI/Ratzinger. Se trata de una serie de nuevas normas que vienen a “subsanar” las claras resistencias que se vivieron en aquellas diócesis donde algunos sacerdotes quisieron utilizar el Misal Tridentino indultado.
Quisiera destacar algunos de los puntos que se mencionan en el documento:

En primer lugar la insistencia de que tanto la Santa Misa Católica como el Novus Ordo Missae expresan la misma fe Católica. Bien sabemos que no es así, que el Misal Romano es la ley de la oración de la Fe que Cristo entregó a sus Apostoles y la Iglesia mantiene hasta hoy, mientras que el Novus Ordo Missae es una liturgia ecuménica y antropocéntrica, muy posiblemente inválida y sin dudas ilícita.
En segundo lugar, la insistencia de que los Obispos no pueden ir en contra de lo ordenado por Ratzinger ni las disposiciones de la Comisión Ecclesia Dei, organizada para velar por la integridad de la Misa Indultada. Esto nos demuestra la clara oposición diocesana al movimiento ritualista que caracteriza al pontificado de Benedicto XVI/Ratzinger. Este documento recuerda a los obispos diocesanos que no pueden impedir la celebración si un grupo de fieles la solicita, y además insiste en que los párrocos deben admitir y respetar que un “sacerdote idóneo” celebre la Misa Indultada sin realizar ninguna objeción o poner óbice.
En tercer lugar debemos detenernos en la figura del “sacerdos idoneus”, es decir, aquel sacerdote idóneo para celebrar la Misa Latina indultada. Es obvio que el perfil que se da corresponde al sacerdote típico de cualquiera de las congregaciones Ecclesia Dei, ya que los requisitos que impone no se encuentran entre los salidos de los modernos seminarios diocesanos. Estos son:
a) cualquier sacerdote que no esté impedido a tenor del Derecho Canónico se considera sacerdote idóneo para celebrar la Santa Misa en la forma extraordinaria7;
b) en relación al uso de la lengua latina, es necesario un conocimiento suficiente que permita pronunciar correctamente las palabras y entender su significado;
c) en lo que respecta al conocimiento del desarrollo del rito, se presumen idóneos los sacerdotes que se presenten espontáneamente para celebrar en la forma extraordinaria y la hayan usado anteriormente.

Esto deja a fuera a los sacerdotes de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X que se encuentran suspendidos a divinis por la Iglesia Conciliar. También a aquellas otras comunidades (uniones pías aunque se hagan llamar “congregaciones”) que reconocen a Ratzinger como Papa empero se niegan a obedecerle, siguiendo así la postura de la FSSPX.
También es de destacar el punto 19 donde aclara:

“ Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia universal”.

Esta medida está orientada a evitar que grupos sedevacantistas puedan ocupar los templos que se encuentran en manos de la Iglesia Conciliar. Que yo tenga entendido, desde la ecomunión y declaración sobre las ordenes de Monseñor Tuhc, es la primera vez que la Iglesia del Vaticano II hace mención al sedevacantismo, lo cual demuestra que esta posición teológica ha ganado fuerza y extensión.

Finalmente, no es casual que esto haya coincidido en proximidad con la “beatificación” de Wojtyla/JP2. Esta carta tiene obviamente dos destinatarios, por un lado a los diocesanos que se siguen oponiendo a la Misa Indultada y por otro a la FSSPX, en efecto aquí se renueva la oferta de la incorporación a la Roma Modernista, esta vez manifestando las garantías del desarrollo pastoral de la Misa Tridentina y la protección de la Comisión Ecclesia Dei. Con esta nueva declaración, la High Church Conciliar ha ganado una capilla más grande dentro de la catedral modernista. Otra vez decimos NON POSSUMUS.
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